Como consecuencia de la importancia del sector minero y del impacto que éste tiene sobre el medio ambiente, las Administraciones públicas han otorgado a esta actividad un marco legislativo específico que, a nivel ambiental, viene definido en la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, y su desarrollo normativo posterior con el Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras, y el Real Decreto 777/2012, de 4 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por las actividades mineras.

Para el sector minero DATUM AMBIENTAL, S.L., realiza los siguientes servicios:

Plan de Restauración de Espacios afectados por la Actividad Minera


Ya en el derogado Real Decreto 2994/1982, de 15 de octubre, sobre restauración de espacio natural afectado por actividades mineras, se establecía la necesidad de realizar un Plan de Restauración de aquellas zonas afectadas por dicha actividad.

Actualmente, el Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras y sus modificaciones posteriores, obliga a toda entidad explotadora, titular o arrendataria de un derecho minero, que realice actividades de investigación y aprovechamiento de los yacimientos minerales y demás recursos geológicos, a entregar a la Administración un Plan de Restauración al inicio de su actividad, con cada nuevo proyecto de instalación minera o modificación sustancial de proyecto original, o cada 5 años.

DATUM AMBIENTAL, S.L., elabora la documentación que se precisa para dar cumplimiento a esta normativa, y gestiona los trámites necesarios para obtener la autorización del Plan de Restauración.


Plan de Gestión de Residuos Mineros


El Plan de Gestión de Residuos Mineros es la parte más delicada de las 5 que debe incluir todo Plan de Restauración. Su alcance y desarrollo, se definen en el Capítulo IV del Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras. El Artículo 18, define el contenido mínimo que debe aportarse dentro de la Parte IV, Plan de gestión de residuos mineros, y de forma esquemática dicho contenido es:


a)   Caracterización de los residuos mineros conforme al Anexo I del Real Decreto 975/2009. (El Anexo I fue derogado y modificado por el Real Decreto 777/2012, de 4 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por las actividades mineras)

b)   Propuesta de clasificación de las instalaciones de residuos mineros conforme al Anexo II del Real Decreto 975/2009

c)   Descripción de la actividad que genera los residuos mineros

d)   Análisis de riesgos para el medio ambiente y para la salud humana

e)   Procedimiento de control y seguimiento

f)     Definición del proyecto constructivo (*)

g)    Anteproyecto de cierre y clausura (*)

h)    Estudio de las condiciones del terreno afectado


(*) Este documento debe ser incluido en los correspondientes Proyectos constructivos de cada instalación de Residuos Mineros y deberán ser anexados al Plan de Gestión de Residuos Mineros y, por tanto, al Plan de Restauración.

Los técnicos de DATUM AMBIENTAL, S.L., cuentan con gran experiencia en la elaboración de todos los documentos señalados. Igualmente, y dado que la Parte IV, Plan de gestión de residuos mineros, requiere la implicación de una o varias Ingenierías, la Propiedad y la Consultora Ambiental, DATUM AMBIENTAL, S.L., como empresa conocedora del marco técnico y legislativo, ofrece el servicio de asesoramiento y coordinación a las todas partes implicadas.

Proyecto de Restauración de Instalaciones de Residuos Mineros


Cuando finaliza una actividad minera o se clausura cualquier instalación de residuos mineros es necesario la redacción de un proyecto que describa, defina y cuantifique todas aquellas acciones encaminadas a la recuperación del espacio afectado por la actividad.<./p>

Inventario preoperacional o del estado actual del entorno minero


La minería es una actividad industrial a la que se le achaca un importante impacto sobre el medio ambiente. En muchas ocasiones se le atribuyen impactos preexistentes a la actividad o que no son producto de la misma. En este contexto es muy importante definir cuál es el estado actual o preoperacional del entorno minero que pueda resultar afectado.

Por ello, DATUM AMBIENTAL, S.L., ha desarrollado un conjunto de procedimientos e inventarios que se adaptan a las necesidades específicas de cada actividad minera, encaminados a definir el estado actual de los siguientes principales aspectos ambientales:

  • Flora y Fauna

  • Hidrología

  • Hidrogeología

  • Geología y suelos

  • Geomorfología

  • Arqueología

  • Actividades mineras preexistentes

  • ...

De forma opcional estos inventarios se pueden incluir en el Plan de Restauración y dar respuesta, de forma exhaustiva, a lo establecido en el apartado h) del punto 1) del Artículo 18 del Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras.

Planes de seguimiento y recuperación de especies de fauna y flora


Con la concesión de la autorización ambiental, la Administración competente impone a la entidad explotadora un Plan de Vigilancia y Control en el que, en muchas ocasiones, se presta especial atención al seguimiento de determinadas especies de flora y fauna.

DATUM AMBIENTAL, S.L., ofrece un servicio de Seguimiento de flora y de fauna adaptado a la biología de las especies afectadas y las necesidades del cliente, elaborando el Plan de Seguimiento, planificando los trabajos a efectuar y su ejecución, y redactando los correspondientes informes a presentar ante la Administración Ambiental.

Los principales grupos sobre los que DATUM AMBIENTAL, S.L., realiza los Planes de Seguimiento son:

  • Aves

  • Anfibios y reptiles

  • Quirópteros y otros mamíferos

  • Especies vegetales autóctonas

Proyectos de Integración Ambiental


En ocasiones, tanto por voluntad propia de la empresa minera como por condicionado ambiental impuesto en las autorizaciones, en forma de medidas correctoras y compensatorias, las explotaciones mineras recuperan o habilitan ciertos espacios para ser utilizados por distintas especies.

Estas actuaciones van más allá del desmantelamiento, sellado y revegetación de instalaciones de residuos mineros, etc., sino que suponen un conjunto de medidas que favorezcan la recolonización de estas zonas por parte de flora y fauna.

En este sentido, el personal de DATUM AMBIENTAL, S.L., cuenta con probada experiencia en el diseño, construcción y seguimiento del éxito de distintas estructuras y actuaciones para la recolonización por parte de animales y plantas. Entre estas estructuras se destacan:

  • Majanos

  • Nidales

  • Posaderos de rapaces

  • Refugios de invertebrados, reptiles y pequeños mamíferos

  • Creación y adecuación de refugios para quirópteros

  • Creación y recuperación de charcas para anfibios

  • Rodales de plantación

  • Cercados de protección de herbívoros